Chatham County, NC
Home MenuPolítica sobre animales de servicio
OBJETIVO
El gobierno del condado de Chatham, de acuerdo con la legislación de Carolina del Norte, reconoce que toda persona con discapacidades tiene derecho a estar acompañada por un animal de servicio, adiestrado para ayudar a la persona con su discapacidad específica, en todos los edificios y lugares abiertos al público del condado de Chatham. Normalmente, los animales de servicio se definen como cualquier perro (o, en casos limitados, caballos miniatura) adiestrado o en proceso de adiestramiento para trabajar o hacer tareas en beneficio de una persona con discapacidades. Los perros de terapia, de apoyo emocional y de compañía no se consideran animales de servicio.
DECLARACIÓN DE POLÍTICA
Animales de servicio en la biblioteca
Los animales de servicio deben llevar arnés, correa o sujeción, a menos que dichos dispositivos interfieran en el trabajo que el animal de servicio hace para la persona con discapacidad o que la discapacidad de la persona le impida usar estos dispositivos. Si no se usa ninguno de estos dispositivos, la persona con discapacidad debe mantener el control del animal de servicio usando la voz, señas u otros métodos eficaces de control.
Cumplimiento de la Ley de Americanos con Discapacidades
El condado de Chatham cumple todas las leyes federales y estatales sobre las personas con discapacidades, incluyendo la Ley de Americanos con Discapacidades (American with Disabilities Act) y cualquier enmienda o reglamento de aplicación de dicha ley. Si tiene alguna pregunta, comuníquese con Gestión de Riesgos (Risk Management).
Intervención del personal
El personal podrá hacer preguntas limitadas a una persona solo cuando no sea evidente qué servicios presta un animal. En concreto, el personal puede hacer las siguientes dos preguntas:
- ¿Es el perro un animal de servicio necesario debido a una discapacidad?
- ¿Para qué trabajo o tarea se ha adiestrado al perro?
El personal no deberá preguntarle a la persona qué tipo de discapacidad tiene, ni pedirle documentación médica, ni documentación que pruebe que el animal está adiestrado o si tiene una tarjeta de identificación especial, ni pedirle que el perro demuestre su competencia para hacer el trabajo o la tarea.
Pedido de salida
En algunas circunstancias limitadas, el personal puede pedirle a la persona a cargo del perro que se vaya del lugar con el animal si:
- El perro se muestra agresivo con otras personas o animales.
- El perro ladra, gruñe o emite quejidos, a menos que esté adiestrado para hacerlo como advertencia a la persona a su cargo.
- El perro le pide comida u otros artículos al público general.
- Mientras el perro está trabajando, si perturba el desarrollo normal de las actividades.
En el caso de un caballo miniatura (normalmente, 24-36 pulgadas de altura al nivel de los hombros y un peso entre 70 y 100 libras), se le puede pedir a la persona a cargo que se vaya del lugar con el animal si:
- El caballo no está domesticado.
- El caballo no está bajo el control del dueño.
- El establecimiento no puede admitir el tipo, tamaño y peso del caballo miniatura.
- La presencia del animal pondrá en riesgo los requisitos legítimos de seguridad necesarios para el funcionamiento seguro del establecimiento.
Más información
- Directrices de la ADA
- Departamento de Salud y Servicios Humanos de Carolina del Norte
- N.C.G.S. § 168 et. al.
Responsabilidad
La directora de bibliotecas es la autoridad final con respecto a la aplicación de esta política.
Revisado el 13 de marzo de 2025
